Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
03-09-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140903-57

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Modificación retribuciones

Se hace público el presente anuncio relativo al acuerdo aprobado en la sesión del Pleno celebrado el día 29 de mayo de 2014, relativo a la modificación en relación al personal eventual nombrado de las retribuciones para el ejercicio económico 2014, que se integra de lo siguiente:

“Don José Carlos Boza Lechuga, alcalde del Ayuntamiento de Valdemoro (Madrid), en virtud de las competencias que me vienen otorgadas por la legislación vigente, al Pleno de la Corporación Municipal expongo:

En el Pleno del Ayuntamiento, celebrado el día 28 de julio de 2011, se aprobó la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual según establece el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 12 de la Ley 7/2007, del 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en los siguientes términos:

Número 1. Denominación: jefe de Gabinete

Características: asesoramiento especial y asistencia al órgano de Alcaldía.

Retribuciones: 31.017,56 euros. Grupo C1. [La retribución y la clasificación profesional de este puesto se modificó por el Pleno de Aprobación de Presupuestos para el año 2012 (aprobación inicial 5 de enero de 2012 y aprobación definitiva de 14 de junio de 2012), que se estableció una retribución 46.765,46 euros. Grupo A1].

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1975/2011, de 1 de julio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 199, de 23 de agosto de 2011.

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1808/2012, de 29 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 20 de julio.

Número 2. Denominación: asesor

Características: asesoramiento especial y asistencia al órgano municipal competente en materia de comunicación.

Retribuciones: 23.666,44 euros. Grupo C1. [La retribución se modificó por el Pleno de Aprobación de Presupuestos para 2012 (aprobación inicial 5 de enero de 2012 y aprobación definitiva de 14 de junio de 2012), que estableció una retribución de 34.642,16 euros].

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1977/2011, de 1 de julio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 199, de 23 de agosto de 2011.

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1808/2012, de 29 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 20 de julio de 2012.

Número 3. Denominación: asesor

Características: asesoramiento especial y asistencia al órgano municipal competente en materia de mayor e inmigración.

Retribuciones: 31.017,56 euros. Grupo C1. [La retribución se modificó por el Pleno de Aprobación de Presupuestos para 2012 (aprobación inicial 5 de enero de 2012 y aprobación definitiva de 14 de junio de 2012), que estableció una retribución de 34.642,16 euros].

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1978/2011, de 1 de julio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 199, de 23 de agosto de 2011.

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 1808/2012, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 20 de julio de 2012.

Número 4. Denominación: asesor

Características: funciones de confianza y asesoramiento que le sean encomendadas.

Retribuciones: 34.642, 16 euros. Grupo C1.

Nombramiento mediante decreto de esta Alcaldía número 3565/2013, de 16 de diciembre, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 11, de 14 de enero de 2014.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, se modifica el régimen retributivo de los miembros de la Corporaciones Locales.

El artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Base de Régimen Local, establece el límite máximo total de la retribuciones que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias; en el artículo 75.1.i) ter de la citada Ley, limita el número de cargos públicos de la Entidades Locales con dedicación exclusiva, correspondiendo a los municipios con población comprendida entre 50.001 y 100.000 habitantes, como es nuestro municipio, establece que los miembros que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva no excederá de quince.

Visto el Real Decreto 1016/2013, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013 (“Boletín Oficial del Estado” número 311, de 28 de diciembre), el Ayuntamiento de Valdemoro está en el tramo de 50.001 a 75.000 y, por tanto, el límite máximo retributivo es de 65.000 euros.

El objetivo de las Leyes 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalidad y Sostenibilidad, y Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, es adecuar los sueldos de los alcaldes y concejales a la población de cada municipio, así como dar cumplimiento al Plan de Ajuste 2012-2022, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, el día 30 de marzo de 2012, cuyo objetivo principal es la reducción del déficit.

Mediante propuesta de acuerdo, el Alcalde ha propuesto para su aprobación, si procede, a este Pleno de Aprobación de Presupuestos para el año 2014 el número de cargos públicos con dedicación exclusiva y parcial, las retribuciones ajustadas a lo establecido en la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

En este sentido, se propone la rebaja de las retribuciones del personal eventual de este Ayuntamiento, con el fin de mantener la proporcionalidad de los salarios.

A la vista del informe sobre existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente, para proceder al pago de las retribuciones determinadas.

Considerando lo establecido sobre número, características y retribuciones del personal eventual, según establece la Ley Reguladora de Base Régimen Local, así como o el Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales, y atendidas las especiales características de este Ayuntamiento y las circunstancias anteriormente relatadas, esta Alcaldía considera procedente que respecto a la retribuciones del personal eventual se adopte el siguiente acuerdo:

Primero.—Modificar, en relación al personal eventual nombrado, con la denominación y características aprobadas por el Pleno de la Corporación, las retribuciones para el ejercicio económico 2014, que a continuación se relaciona:

— Número 1. Denominación: jefe de Gabinete.

Retribuciones: 44.427,19 euros. Grupo A1.

— Número 2. Denominación: asesor.

Retribuciones: 33.602,90 euros. Grupo C1.

— Número 3. Denominación: asesor.

Retribuciones: 33.602,90 euros. Grupo C1.

— Número 4. Denominación: asesor.

Retribuciones: 33.602,90 euros. Grupo C1.

Segundo.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las modificaciones de la retribuciones realizadas en el personal eventual del Ayuntamiento de Valdemoro, así como en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

Tercero.—Notificar a los interesados, así como a la Concejalía de Recursos Humanos, a los efectos oportunos.

Cuarto.—Este acuerdo producirá efectos desde el día siguiente de su aprobación.

Quinto.—A partir de la entrada en vigor de este acuerdo quedará sin efecto cuantas resoluciones anteriores entren en contradicción con aquel en la materia retributiva que constituye su objeto”.

Valdemoro, a 19 de agosto de 2014.—El alcalde, José Carlos Boza Lechuga.

(03/25.767/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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