Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 214

Fecha del Boletín 
09-09-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140909-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3

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Juicio de faltas 73 de 2013

EDICTO

Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Navalcarnero.

Por el presente hago constar: Que en los autos de juicio de faltas número 73 de 2013 ha recaído sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 191 de 2013

En Navalcarnero, a 17 de octubre de 2013.—La señora doña María Yolanda Bonilla Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Navalcarnero, ha visto los presentes autos de juicio de faltas seguidos bajo el número 73 de 2013, sobre una presunta falta de lesiones y hurto, y en los que han intervenido como partes: por la acusación pública, el ministerio fiscal, y como denunciantes-denunciados, doña Amanda Morales y don Omar Clemente Sierra, y en consideración al siguiente

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Omar Clemente Sierra, como autor responsable de una falta de injurias cometida contra la persona de doña Amanda Fernández Morales, a la pena de veinte días de multa, a razón de 6 euros, en total 120 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago de diez días de privación de libertad, más la mitad de las costas causadas, si las hubiere. Debiendo ser absuelto por la falta de hurto al no quedar acreditado el mismo.

Que debo condenar y condeno a doña Amanda Fernández Morales por la falta de lesiones contra la persona de don Omar Clemente Sierra, a la pena de cincuenta días, a razón de 6 euros al día, en total 300 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal en caso de impago (de veinticinco días de privación de libertad), más la mitad de las costas causadas, si las hubiere.

Igualmente, doña Amanda Fernández Morales, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil por las lesiones sufridas a don Omar Clemente Sierra en la suma de 150 euros, conforme a lo recogido en el fundamento jurídico tercero.

La cantidad a la que han sido condenados ambos denunciados deberán ingresarla en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 0927/0000/76/0073/13.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos, presentando el escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación para su tramitación y resolución ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, si no se hubiese notificado antes y declarada firme en el acto de juicio oral.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña María Yolanda Bonilla Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Navalcarnero y su partido, con competencia en materia de violencia de género.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Amanda Fernández Morales, con documento nacional de identidad número 52.994.447, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 11 de agosto de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/25.828/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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