Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
16-09-2014

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140916-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

80
Procedimiento ordinario 248 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 248 de 2013 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 99 de 2014

En la Villa de Madrid, a 3 de marzo de 2014.—Vistos por don Francisco Javier Vaquer Martín, magistrado-juez titular del Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, los presentes autos de proceso ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 248 de 2013, seguidos a instancias de “Tiempo de Rodar, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Fernández-Blanco San Miguel y asistida del letrado don José María Monedero Frías, contra don Luis Macías Barragán, declarado rebelde, sobre acción en materia de propiedad intelectual, y

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda inicial formulada a instancias de “Tiempo de Rodar, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Fernández-Blanco San Miguel y asistida del letrado don José María Monedero Frías, contra don Luis Macías Barragán, declarado rebelde, debo:

i) Declarar que el contrato de guión suscrito con fecha 30 de septiembre de 2010 entre la productora “Tiempo de Rodar, Sociedad Limitada”, y don Luis Macías Barragán ha sido ejecutado en su integridad y que, por lo tanto, la productora “Tiempo de Rodar, Sociedad Limitada”, es legítima cesionaria de los derechos de propiedad intelectual para la explotación del guión de la obra cinematográfica denominada provisionalmente “24 cines/segundo” en las condiciones expuestas en la cláusula primera del citado contrato.

ii) Declarar resuelto, con fecha 18 de mayo de 2011, el contrato de dirección celebrado entre la productora “Tiempo de Rodar, Sociedad Limitada”, y don Luis Macías Barragán, de 30 de junio de 2010, para la dirección-realización del largometraje titulado provisionalmente “24 cines por segundo”, sin que las partes deban restituir prestación alguna por tal concepto.

(iii) Con imposición de las costas a la demandada.

Así, por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, y contra la que cabe interponer (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar de su notificación, ante este Juzgado, a resolver por la Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Luis Rafael Macías Barragán, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 16 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/5.653/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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