Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
18-09-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140918-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 6

63
Juicio verbal 317 de 2013

EDICTO

Don Francisco Sinova García, secretario judicial del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Parla.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal número 317 de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Ángel Tirado Franco la sentencia dictada en estos autos de fecha 18 de marzo de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia

En Parla, a 18 de marzo de 2014.—Vistos por mí, doña Eva Esther Juárez Fernández, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Parla y su partido, los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidad, seguidos con el número 317 de 2013, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de don Francisco Javier Ferrer Fernández, contra don Ángel Tirado Franco, debo condenar y condeno al demandado a pagar al actor la cantidad de 1.223,20 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda, y los intereses legales por mora procesal desde el dictado de la sentencia, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia no cabe recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

En Parla, a 1 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.692/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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