Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140923-103

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

103
Procedimiento ordinario 911 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 911 de 2013, promovido por doña Esperanza Belinchón Lanzas, sobre reclamación de cantidad.

Personas que se cita: don Alberto Swiec Tenenbaum “Holmar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y doña Esperanza Belinchón Lanzas, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Holmar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y don Alberto Swiec Tenenbaum sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, el día 17 de noviembre de 2014, a las nueve cincuenta y cinco horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Decreto

En Madrid, a 4 de septiembre de 2014.

Parte dispositiva:

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada, sin perjuicio de que aporte el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación una vez este se celebre, y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 17 de noviembre de 2014, a las nueve cincuenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, que se sustanciará por las reglas del procedimiento ordinario.

3. Cítese a los demandados don Alberto Swiec Tenenbaum y “Holmar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, mediante correo ordinario a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y, cautelarmente, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial, si fuera necesario, para la localización de las partes.

Adviértase a las partes:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si la demandante, citada en forma, no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistida de la demanda.

3. Que la incomparecencia injustificada de los demandados, citados en forma, no impedirán la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial, Marta Menárguez Salomón.

(03/26.825/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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