Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
25-09-2014

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140925-4

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2014, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la Orden 1726/2014, de 16 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del saneamiento de la urbanización “Los Cortijos”», en el término municipal de Sevilla la Nueva, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 355.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno ha dictado la siguiente:

Orden 1726/2014, de 16 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del saneamiento de la urbanización “Los Cortijos”», en el término municipal de Sevilla la Nueva, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 355

El «Proyecto de construcción del saneamiento de la urbanización “Los Cortijos”» tiene por objeto la recogida y depuración de las aguas residuales de dicha urbanización del término municipal de Sevilla la Nueva. Para ello se ha previsto la ejecución de nuevos colectores y tres estaciones de bombeo, que transportarán el agua residual desde la urbanización hasta la red municipal para su adecuado tratamiento en la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Sevilla la Nueva. En la actualidad, la urbanización dispone de una red de alcantarillado unitaria de competencia municipal que vierte sin tratamiento.

Con fecha 24 de marzo de 2010, y tras el análisis ambiental caso por caso realizado de acuerdo con lo exigido por la Ley 2/2002, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio dictó una Resolución por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del «Proyecto de construcción de saneamiento de la urbanización “Los Cortijos”», en el término municipal de Sevilla la Nueva, promovido por el Canal de Isabel II. En dicha Resolución se informa favorablemente la realización de la alternativa 2 propuesta en el Estudio de Impacto Ambiental, con las limitaciones y modificaciones que se exponen en el proyecto. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 128, de 31 de mayo de 2010.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el 26 de julio de 2012, se acordó aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del citado proyecto se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 188, de 8 de agosto de 2012.

La Orden 1128/2014, de 29 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. Se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 11 de junio de 2014, en el diario “20 Minutos” de 20 de junio de 2014, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se han formulado varias alegaciones relativas a la actualización y acreditación de la titularidad de algunas fincas afectadas, una solicitud de cambio de trazado en la finca número 12 y la solicitud del Ayuntamiento de aclaración respecto a la delimitación física y el estado jurídico de tres de las fincas municipales afectadas ubicadas en el ámbito de la Estación de Bombeo de Aguas Residuales (EBAR) número 1.

Se ha tomado nota sobre la titularidad y en cuanto al cambio de trazado, al existir numerosos servicios en la zona, se intentará el retranqueo de la tubería durante la ejecución de las obras siempre y cuando sea posible. Por último, en cuanto a la solicitud municipal se ha pedido documentación adicional y, en su caso, que se aporte la conformidad por escrito de los afectados colindantes.

Consta en el expediente la contestación individualizada a los interesados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad de resolver el sistema de saneamiento y depuración que actualmente tiene la urbanización “Los Cortijos”, que realiza sus vertidos a cauces públicos sin ningún tratamiento.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en adelante LEF, y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha y, en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 52 de la LEF se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al «Proyecto de construcción del saneamiento de la urbanización “Los Cortijos”», en el término municipal de Sevilla la Nueva. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.





La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2014.—El Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.

(01/3.303/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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