Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140927-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

15
Ejecución 83 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 83 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Vicente Liwag Sancho, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 31 de julio de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 8.040,50 euros de principal y 804,00 euros de intereses provisionalmente calculados, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Constando en autos que la ejecutada se encuentra en ignorado paradero, remítase el edicto de notificación de la presente resolución para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los testimonios de las resoluciones dictadas en este procedimientos y a efectos de su presentación ante el Fondo de Garantía Salarial serán expedidos de oficio para su entrega al actor una vez firme la presente resolución.

Verificado lo anterior, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2509/0000/00/0027/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.805/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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