Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BURGOS NÚMERO 1

210
Procedimiento ordinario 435 de 2014

EDICTO

Doña María del Camino González Rozas, secretaria judicial accidental del Juzgado de lo social número 1 de Burgos.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 435 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Pilar Díez Revilla, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Cleanet Empresarial, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado en el día de la fecha decreto que contiene el siguiente particular:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Tener por desistida a doña María Pilar Díez Revilla de su demanda sobre reclamación de cantidad, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Cleanet Empresarial, Sociedad Limitada”.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Incorpórese el original al libro de decretos definitivos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.2 y 3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta IBAN ES88 0049 0143 7099 9999 9999, abierta por este Juzgado en el “Banco de Santander”, oficina sita en Burgos, calle Almirante Bonifaz, número 15, incluyendo en el concepto los dígitos 1072 0000 30 043514, seguido del código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Burgos, a 1 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.043/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-210