Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2014

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

33
RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2014, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se procede a publicar notificaciones en relación con el procedimiento de modificación de la clasificación de las vías pecuarias de los términos municipales de Villaviciosa de Odón y Alcorcón.

Intentada sin efecto la notificación individual indicada en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados que se relacionan en el Anexo, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 del mismo texto legal.

«RESOLUCIÓN DE 3 DE JULIO DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ACUERDA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS DE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE VILLAVICIOSA DE ODÓN Y ALCORCÓN

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Villaviciosa de Odón fue aprobada por Orden Ministerial de 27 de noviembre de 1941.

La clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Alcorcón fue aprobada por Orden Ministerial de 23 de abril de 1969, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 21 de mayo, del mismo año.

Segundo

Por Orden de 17 de noviembre de 1992, de la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid, se aprueba la modificación la clasificación de las vías pecuarias existentes en los términos municipales de Alcorcón y Villaviciosa de Odón, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 304, de 22 de diciembre.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

El artículo 13.3 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que las vías pecuarias clasificadas en las que se aprecien errores en el trazado o anchura, dificultades en la determinación del trazado, indeterminación en la existencia, anchura y demás características generales, y en las que se precise la revisión de la descripción, podrán ser objeto de actualización mediante una nueva clasificación siguiendo para ello los trámites previstos para su aprobación.

Existiendo indeterminaciones respecto al trazado de la vía pecuaria “Vereda Segoviana” o “Vereda de Segovia” a su paso por los términos municipales de Villaviciosa de Odón y Alcorcón, procede, de conformidad a lo establecido en el citado artículo 13.3 de la Ley 8/1998, proceder a modificar la clasificación de las vías pecuarias de estos términos municipales.

Segundo

El plazo máximo para resolver el procedimiento administrativo de modificación de la clasificación será de un año a contar a partir de la presente Resolución de Inicio, tal y como establece la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

La autoridad competente para resolver el presente procedimiento de modificación de la clasificación será la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en base a lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 8/1998, y según las competencias atribuidas por el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de 20 de febrero).

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente y cumpliéndose las previsiones legalmente previstas, esta Dirección General del Medio Ambiente

RESUELVE

Iniciar el procedimiento de modificación de la clasificación de las vías pecuarias de los términos municipales de Villaviciosa de Odón y Alcorcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 3 de julio de 2014.—El Director General del Medio Ambiente, Ricardo Riquelme y Sánchez de la Viña».

ANEXO

Apellidos y nombre del titular. — Colindancia con vía pecuaria. — Código postal del domicilio

Suyprom, Sociedad Anónima. — APR Alcorcón. — 28922 Alcorcón.

Beatriz Arjona Borja. — A-55. Calle Vizcaya, número 25. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Demetrio Rosado Arconés. — A-101. Calle Guipúzcoa, número 12. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Florentina Martínez Cimiano. — A.-100. Calle Guipúzcoa, número 10. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Mariana Arguello Prieta. — A-65. Calle Guipúzcoa, número 2. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Fernando Pérez Montero. — B-93. Calle del Prado, número 8. — 28922 Alcorcón.

José Juan Morales López. — C-364. Calle del Rosal, número 2. — 28922 Alcorcón.

Juan Pablo Rodríguez Lucas. — C-142. Calle Pedraza, número 10. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Hidir Kacar. — C-149. Calle Pedraza, número 13. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Francisco López Jiménez. — C-157. Calle Pedraza, número 28. — 28670 Villaviciosa de Odón.

Manuel Herrada Romero. — A-45. Avenida del Castillo, número 121. — 28922 Alcorcón.

Agricultores y Ganaderos Independientes de Madrid. — No consta. — No consta.

Madrid, a 2 de septiembre de 2014.—El Director General del Medio Ambiente, Ricardo Riquelme y Sánchez de la Viña.

(03/28.205/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-33