Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2014

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

CONTRATACIÓN

81
Adjudicación contrato

Por resolución de la Junta de Gobierno Local de 28 de julio de 2014, se adjudicó el contrato de servicio de colaboración en la gestión tributaria y recaudatoria en período ejecutivo y colaboración en materia de inspección tributaria con el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Torres de la Alameda.

a) Organismo: Junta de Gobierno Local.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c) Número de expediente: 687/2014.

d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.torresdelaalameda.es

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: servicios.

b) Descripción: colaboración en la gestión tributaria y recaudatoria en período ejecutivo y colaboración en materia de inspección tributaria.

c) CPV:

— 75130000-6: “Servicios de apoyo de los poderes públicos”.

— 79940000-5: “Servicios de agencias de recaudación de fondos”.

d) Medio de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

e) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 23 de junio de 2014.

3. Tramitación y procedimiento: ordinaria y abierto.

4. Valor estimado del contrato: 637.375,23 euros.

5. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación y formalización del contrato: 28 de julio y 1 de septiembre de 2014.

b) Contratista: “Coordinadora de Gestión de Ingresos, Sociedad Anónima”.

c) Importe o canon de adjudicación:

— Sobre costas generadas y repercutidas: 60 por 100 del importe recaudado.

— Sobre los recargos: 60 por 100 del importe recaudado.

— Sobre los intereses de demora: 60 por 100 del importe recaudado.

— Sobre el apartado de inspección: 10 por 100 del importe recaudado.

En Torres de la Alameda, a 3 de septiembre de 2014.—El secretario general, Alfredo Carrera Santamaría.

(02/5.729/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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