Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141003-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Modificación de crédito

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Venturada ha aprobado inicialmente, en la sesión celebrada el 13 de septiembre de 2014, la modificación de crédito presupuestario número 2/2014 de crédito extraordinario y suplemento de crédito, y estará de manifiesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante quince días, plazo durante el cual, cualquier habitante del municipio o persona con intereses en el mismo (personas físicas o jurídicas como Cámaras de Comercio) podrán examinar y presentar contra el mismo las reclamaciones que estimen convenientes, con arreglo al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

La modificación de crédito presupuestario se considerará definitivamente aprobada si en tiempo y forma no se presenta ninguna reclamación u objeción a la misma.

Caso de presentarse alguna reclamación a la misma, el Pleno de la Corporación tendrá un plazo de un mes para resolverlas, contando a partir del día siguiente a la finalización de la fecha de exposición al público.

En Venturada, a 15 de septiembre de 2014.—El alcalde, Daniel Caparrós López.

(03/28.095/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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