Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141009-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

83
Juicio verbal 1.245 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 1.245 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 47 de 2013

En Madrid, a 28 de febrero de 2013.—La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.245 de 2012, sobre juicio verbal, seguidos a instancias de “Finconsum, EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña Rocío Sampere Meneses, contra don Julio Furio Torrecilla, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Finconsum, EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña María Rocío Sampere Meneses, contra don Julio Furio Torrecilla, condeno al expresado demandado a satisfacer a la actora la cantidad de 1.321,41 euros, más intereses moratorios del 17 por 100 anual desde la fecha de cierre de la liquidación practicada, y pago de las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución no cabe recurso (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jaime Furio Torrecilla se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 31 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/6.130/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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