Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141009-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

161
Ejecución 45 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 45 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Escobar Cancho, doña Elena Gómez Martinho, don Ernesto Santos Cuenca, doña Lorena Joaquín López, don Marcos Pérez Ramos, doña Marta Velasco Crespo, don Miguel Ángel Belotto García y doña Patricia del Olmo Muñoz, frente a “All States 53, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 59.982,24 euros de principal correspondiendo:

A don Marcos Pérez Ramos: 10.357,40 euros.

A doña Patricia del Olmo Muñoz: 7.020,28 euros.

A doña Marta Velasco Crespo: 6.702,09 euros.

A doña Elena Gómez Martinho: 6.069,23 euros.

A don Miguel Ángel Belotto García: 6.702,90 euros.

A doña Lorena Joaquín López: 10.357,40 euros.

A don Ernesto Santos Cuenca: 6.702,90 euros.

A don Alberto Escobar Caucho: 6.069,23 euros.

Se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “All States 53, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2513/0000/64/0045/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “All States 53, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.816/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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