Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2014

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141009-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

237
Procedimiento 1.456 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.456 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Amelia Martín Valverde, frente a “Agua Eficiente, Sociedad Limitada”, “Inwater, Sociedad Limitada”, “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, “UTE Detección de Fugas” y “Valoriza Agua, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda aclarar el auto dictado el día 24 de julio de 2014, que aclaraba la sentencia número 252 de 2014, de fecha 3 de junio de 2014, dictada en el presente procedimiento, cuyo fallo será del tenor siguiente en su párrafo primero:

«Que estimando como estimo la demanda de despido formulada por doña Amelia Martín Valverde, contra las entidades “Agua Eficiente, Sociedad Limitada”, “Inwater, Sociedad Limitada”, y “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado por las empresas, condenando solidariamente a estas a que readmitan a la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiestan por escrito o mediante comparecencia, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnicen con la cantidad de 3.508,34 euros, y que en el caso de proceder a la readmisión quedará extinguido el contrato de trabajo en fecha de esta sentencia, con obligación en este caso de abonar una indemnización de 3.982,44 euros y los salarios devengados desde el despido hasta la presente sentencia por importe diario de 34,48 euros.»

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inwater, Sociedad Limitada”, y “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.787/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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