Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-184

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

184
Procedimiento ordinario 73 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 73 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Barrio Serrano, frente a doña Ana María Ruiz Jiménez y “TD & T Transferencia y Desarrollo de Tecnología, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 73 de 2014):

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Eva Barrio Serrano, contra “TD & T Transferencia y Desarrollo de Tecnología, Sociedad Limitada”, y doña Ana María Ruiz Jiménez, se condena a ambas demandantas a abonar solidariamente a la actora la cantidad neta de 5.763,02 euros, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, esto es, un interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre la cantidad de 5.663,02 euros, obligándoles a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la Secretaría de este Juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación, y que deberán acreditar el ingreso de la correspondiente tasa al momento de interponerlo, salvo que gocen del beneficio de justicia gratuita.

Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2802/0000/60/0073/14 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta del “Banco Santander”. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274. En el campo “Ordenante” se indicará, como mínimo, el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y, si es posible, el número de identificación fiscal/cédula de identificación fiscal de la misma. En el campo “Beneficiario” se identificará al Juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento número 2802/0000/60/0073/14.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos, publicándose el original en los libros de sentencias y autos definitivos de este Juzgado.

Así lo dispone, manda y firma.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “TD & T Transferencia y Desarrollo de Tecnología, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.124/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-184