Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
17-10-2014

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141017-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 3060/2014, de 29 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se revoca una subvención concedida en virtud de la Orden 2460/2014, de 30 de julio, por la que se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de carácter no profesional para el año 2014.

Mediante Orden 3151/2013, de 3 de octubre, se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

En virtud del Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se faculta a la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en el artículo 11.1.2 i) para la concesión de subvenciones y ayudas públicas.

Por Orden 2460/2014, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2014 y se aprueba la relación de suplentes prevista en el artículo 8.1 de la Orden 3151/2013, de 3 de octubre, anteriormente mencionada.

Con posterioridad a la concesión, ha habido una entidad que no ha justificado la ayuda concedida en la forma prevista, por lo que debe procederse a la revocación de la misma y al consiguiente incremento de la subvención a favor de la última entidad de la lista de beneficiarios.

El artículo 4 de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería, prevé la delegación en el Director General de Juventud y Deportes, en relación con todas las líneas de subvención, para la adopción de los actos que procedan en los procedimientos relativos a la gestión de las subvenciones que sean posteriores a la fase de concesión de las mismas, incluyendo los de prórrogas y de reintegro, y demás incidencias que pudieran surgir en relación con los beneficiarios, tales como las declaraciones de desistimiento y renuncia.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Revocar la ayuda concedida por importe de 4.500 euros al equipo de sable masculino del Club Sala de Armas de Madrid, al no cumplir los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 29 de septiembre de 2014.—La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, PD (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre), el Director General de Juventud y Deportes, Pablo J. Salazar Gordon.

(03/30.860/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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