Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141024-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

85
Procedimiento 1.043 de 2009

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 1.043 de 2009 seguido a instancias de don Ángel Marina Jiménez, frente a don Khalid Edamnati y “Mutua Madrileña del Taxi”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 2 de enero de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos al número 1.043 de 2009, en virtud de demanda interpuesta por la procuradora doña María del Rosario Martín-Borja Rodríguez, en representación de don Ángel Marina Jiménez, contra don Klalid Edamnati y “Mutua Madrleña del Taxi”, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María del Rosario Martín-Borja Rodríguez, en representación de don Ángel Marina Jiménez, contra don Klalid Edamnati y “Mutua Madrileña del Taxi”, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos formulados en el suplico de dicha demanda, con imposición de las costas de este procedimiento al demandante.

Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoles que la misma no es firme y que contra ella puede anunciarse dentro de los veinte días recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y encontrándose dicho demandado don Khalid Edamnati en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 4 de junio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.705/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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