Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141024-222

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

222
Procedimiento ordinario 19 de 2014-E

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 19 de 2014-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Francisco Frías Frías, frente a “Prosafe Control Grupo Classiline, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo totalmente la demanda interpuesta por don Juan Francisco Frías Frías, contra “Prosafe Control Grupo Classiline, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a pagar a don Juan Francisco Frías Frías la cantidad de 2.038 euros, más el 10 por 100 de interés de demora, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prosafe Control Grupo Classiline, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 19 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.629/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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