Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141028-212

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 6

212
Procedimiento ordinario 310 de 2012

EDICTO

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 310 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Martínez Garacia, doña Laura Belizón Sánchez, don Antonio Benítez Parra, don José Díaz Belando, doña María Josefa García Meseguer, don José Hoyos Pujante, don Alejandro López Alcaraz, don José Antonio López García Asenjo, don Francisco López Sánchez, doña Josefa Sevilla Jiménez, doña Rosa María Sicilia Ruiz, doña Isabel Urrea Belizón y doña Antonia Valenzuela Murcia, contra la empresa “Mediterránea de Catering, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Isabel María de Zarandieta Soler.—En Murcia, a 3 de julio de 2014.

Por presentado el anterior escrito suscrito conjuntamente por la parte actora y demandada, únase a los autos de su razón.

Se tiene por personado y parte al letrado don Carlos de Pablo Blaya, en representación de “Mediterránea de Catering, Sociedad Limitada”, en virtud de copia de poder que acompaña.

A la vista de la solicitud de suspensión que articulan ambas partes, se acuerda suspender el juicio que venía señalado para el día 4 de julio de 2014 y se señala nuevamente para su celebración el día 25 de septiembre de 2015, a las diez y cuarenta horas, en la Sala de vistas número 6, con los mismos apercibimientos y advertencias que en la citación inicial.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesiones designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a juicio de los recurrentes, contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mediterránea de Catering, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 23 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.724/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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