Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2014

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141028-42

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 1924/2014, de 15 de octubre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Gestión de Personal”.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como del artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta Orden es la modificación del fichero de datos de carácter personal denominado “Gestión de Personal”, conforme al contenido del Anexo.

Artículo 2

Modificación

El fichero incluido en el Anexo de esta Orden, creado por disposiciones generales anteriores, se adaptará a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del citado Anexo, de acuerdo a lo especificado en el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre.

Artículo 3

Normas de aplicación

El fichero que se recoge en el Anexo de esta Orden se regirá por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para el mismo, y estará sometido, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que le sean aplicables.

Artículo 4

Registro

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2014.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, SALVADOR VICTORIA BOLÍVAR

ANEXO I

MODIFICACIÓN DEL FICHERO “GESTIÓN DE PERSONAL”

Órgano responsable: Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Fichero: GESTIÓN DE PERSONAL.

a) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

a.1) Colectivo: PERSONAL QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

a.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: Formularios y extracción de datos del fichero “Personal de la Comunidad de Madrid”, creado por Orden de la Consejería de Hacienda, de 6 de marzo de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo de 2006).

(03/31.765/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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