Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141030-180

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN NÚMERO 5

180
Ejecución 33 de 2014

EDICTO

Doña Isabel Urbano Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución número 33 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Abilia Pereira da Silva Cerque, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se acuerda la ejecución definitiva de la sentencia de 31 de mayo de 2014, a favor de doña María Abilia Pereira da Silva Cerque, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”.

2. En orden a la ejecución de la obligación de readmitir, óigase a las partes en comparecencia sobre los hechos de la no readmisión alegada, a cuyo fin el secretario judicial señalará día y hora.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante el magistrado-juez, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio de la recurrente y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada según lo previsto en el apartado 4 del artículo 239 de la Ley de La Jurisdicción Social.

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, los sindicatos, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos.

Notifíquese esta resolución.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 14 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

EDICTO

Doña Isabel Urbano Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución número 33 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Abilia Pereira da Silva Cerque, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación.—La secretaria judicial, doña Isabel Urbano Mateos, en Donostia-San Sebastián, a 8 de octubre de 2014.

A la vista del contenido de la precedente diligencia, se suspende la comparecencia señalada para el día de hoy y se señala nuevamente para el día 15 de diciembre de 2014, a las nueve y quince horas, en Sala de vistas número 12, planta baja.

Dese cuenta a su señoría a los efectos previstos en el artículo 182.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.1 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación a “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 14 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.651/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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