Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141103-172

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

172
Ejecución 157 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 157 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antúnez Serrano, frente a “Lava Textil Lavandería Industrial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas establecen lo siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don José Antúnez Serrano, frente a “Lava Textil Lavandería Industrial, Sociedad Limitada”, citándose a las partes de comparecencia a los efectos previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2807/0000/64/0157/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Seoane García.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 13 de octubre de 2014.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 21 de abril de 2014 a la empresa “Lava Textil Lavandería Industrial, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don José Antúnez Serrano y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, el día 21 de enero de 2015, a las nueve y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidos de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lava Textil Lavandería Industrial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.035/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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