Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Procedimiento 1.154 de 2013

EDICTO

En las presentes actuaciones número 1.154 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 477 de 2014

En Madrid, a 6 de octubre de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.154 de 2013, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovido por doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez, representada por la procuradora doña Begoña López Cerezo y asistida de la letrada doña María Luz Figueroa Lalinde, contra don Juan Marcelo Ramos Carrión, declarado en situación procesal de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora López Cerezo, en nombre y representación de doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez, contra don Juan Marcelo Ramos Carrión, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Almirena Alexandra, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución, y que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducidas.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículo 456.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), en el plazo de veinte días previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a don Juan Marcelo Ramos Carrión a fines legales.

En Madrid, a 6 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.100/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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