Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

114
Juicio de faltas 288 de 2013

EDICTO

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 288 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por don Marcos Ramón Porcar Laynez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda, los presentes autos de juicio de faltas registrados con el número 288 de 2013, y en el que aparecen como partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; don Juan de Dios Prats Martín, como denunciante; “Alcampo”, como perjudicado, y don Raúl Adrián Susinschi, como denunciado, constando en autos sus circunstancias personales, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:

Que debo condenar y condeno a don Raúl Adrián Susinschi, como autor penalmente responsable de una falta de hurto, a la pena de una multa de sesenta días, a razón de 6 euros/día, y en caso de impago a la responsabilidad subsidiaria personal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a las costas del juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer frente a la misma recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado por escrito y en la forma prevista en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Raúl Adrián Susinschi, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se requiere al condenado para que en el plazo de diez días ingrese la cantidad a la que ha sido condenado, en el caso de no interponer recurso de apelación contra la sentencia, expido la presente en Majadahonda, a 29 de septiembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/31.172/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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