Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-24

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

24
Plan Especial edificio calle Raimundo Fernández Villaverde, 10

Expediente: 711/2013/22105.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2014, adoptó siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, del Plan Especial para el local sito en el edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, número 10, en el Distrito de Chamberí, promovido por “Espectáculos Callao, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS

La normativa de aplicación a la edificación objeto de este Plan Especial es la NZ 1, grado 3.o, nivel C.

A efectos de consideraciones generales se estará a lo dispuesto en los títulos 4, 6 y 7 de las Normas Urbanísticas del PGOUM-97.

La adecuación que se lleve a cabo se hará con total respeto a los horarios y acústica establecidos en la normativa al respecto y a las reglas de buena vecindad.

1. Régimen de las obras

Mediante este Plan Especial se ordenan los volúmenes de la edificación que ocupa el patio de manzana para mejorar las actuales condiciones de dicho patio, en aplicación del artículo 8.1.28.4 de las Normas Urbanísticas.

Se regulan las obras necesarias para disminuir la volumetría existente y ajardinar la cubierta, así como para adaptar el local al nuevo uso.

2. Régimen de usos

Mediante el presente Plan Especial se autoriza la implantación del uso terciario comercial en el local, uso complementario admitido en la Norma Zonal de aplicación, según el artículo 8.1.30 de las Normas Urbanísticas.

Además, se admite la implantación del uso complementario dotacional, sin necesidad de modificación del presente Plan Especial.

Madrid, a 14 de octubre de 2014.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/6.680/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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