Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

76
Procedimiento ordinario 257 de 2009

EDICTO

Don José María Nebreda Trascasa, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 257 de 2009, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 20 de marzo de 2014 a doña Lucelly Bedoya Agudelo, don Gustavo Adolfo Murillas Medina y doña María Teresa Davis Suárez, cuyo contenido en extracto es el que sigue:

Sentencia

En Madrid, a 20 de marzo de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 257 de 2009, seguidos a instancias de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por la procuradora doña Pilar Martín Chillarón y asistida por la letrada doña María Yubero García, contra doña Lucelly Bedoya Agudelo, don Gustavo Adolfo Murillas Medina y doña María Teresa Davis Suárez, declarados en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, pronuncio el siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña Pilar Martín Chillarón, en representación de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra doña Lucelly Bedoya Agudelo, don Gustavo Adolfo Murillas Medina y doña María Teresa Davis Suárez, declarados en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia:

1. Condeno solidariamente a los expresados demandados a pagar a la actora la suma de 15.617,31 euros en concepto de principal, más intereses al tipo pactado desde el día 16 de enero de 2009.

2. Condeno, asimismo, solidariamente a los expresados demandados al pago de las costas derivadas de este procedimiento.

En Madrid, a 17 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/6.654/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-76