Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-64

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

64
Procedimiento 2.099 de 2013

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Quinta de lo Social.

Hago saber: Que en el procedimiento número 2.099 de 2013 de esta Sección de lo Social, seguido a instancias de Vadym Glazkov, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Tori Cobos, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, Isabel Ballesteros Gonzalo.—En Madrid, a 7 de octubre de 2014.

El letrado don Mariano Salinas García, en nombre y representación de Vadym Glazkov, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en plazo pero sin la aportación certificada de las sentencias contrarias firmes.

Acuerdo:

Tener por interpuesto el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes de que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones, con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Asimismo, se requiere a la parte recurrente a través de su letrado, que deberá aportar en el mismo plazo de diez días antes la Sala y Sección, las certificaciones de sentencias de contraste o las solicitudes de las mismas realizadas a las Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia a que hace referencia en su escrito de preparación, independientemente de que se reclamen de oficio por esta Secretaría, según artículo 224.4.o de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo, doy fe.

Para que sirva de emplazamiento en legal forma a quienes posteriormente se indica, ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, en el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto en los autos de referencia, se expide la presente que firmo yo, la secretaria, en Madrid a 7 de octubre de 2014.—La secretaria (firmado).

1. Fondo de Garantía Salarial.

2. “Tori Cobos, Sociedad Limitada”.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento ante el Tribunal Supremo en legal forma a “Tori Cobos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.459/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-64