Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

116
Ejecución 26 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 26 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Duque Tejeda, frente a don Antonio Carreño León e “IDT Docuteca, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerde dejar en suspenso la ejecución despachada por encontrarse la entidad ejecutada “IDT Docuteca, Sociedad Anónima”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como del auto, despachando ejecución y de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Asimismo, y constando ingresada en la cuenta de depósitos y consignaciones la cantidad de 2.496,54 euros por el embargo de cuentas practicado a la ejecutada, procédase a transferir dicha cantidad a la cuenta del Juzgado de lo mercantil número 8 de Barcelona, número 4171-0000-52-0668-12.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “IDT Docuteca, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.228/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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