Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

187
Procedimiento ordinario 1.506 de 2013-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.506 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángeles Cicuendez Poley y doña María del Pilar García Mochales Manzano, frente a “Ana Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, y “Estación de Servicio BP Móstoles II”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo totalmente la demanda interpuesta por doña María Ángeles Cicuendez Poley y doña María del Pilar García Mochales Manzano, contra “Ana Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a pagar las siguientes cantidades por liquidación y adeudos pendientes, más el 10 por 100 de interés de demora:

1. Doña María Ángeles Cicuendez Poley, 1.544,81 euros.

2. Doña María del Pilar García Mochales Manzano, 2.128,22 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles de que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La anterior sentencia ha sido pronunciada y leída por el juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, se incluye el original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de la anterior sentencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ana Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, y “Estación de Servicio BP Móstoles II”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 3 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.145/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-187