Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141106-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

150
Procedimiento ordinario 221 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 221 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amador Buitrago González, don Antonio Hidalgo Gómez, don Antonio López Ajenjo, don César de Marcos Azpilicueta y don José María Herencias Horcajuelo, frente a “Moldo, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 3 de octubre de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Antonio Hidalgo Gómez, don Antonio López Ajenjo, don César de Marcos Azpilicueta, don Amador Buitrago González y don José María Herencias Horcajuelo, asistidos por la letrada doña Nuria Benito Gutiérrez, contra la empresa “Moldo, Sociedad Anónima”, condenando a la demandada a abonar a don Antonio Hidalgo Gómez la cuantía de 4.707,61 euros, a don Antonio López Ajenjo la cantidad de 13.012,78 euros, a don César de Marcos Azpilicueta la cantidad de 8.260,17 euros, a don Amador Buitrago González la cantidad de 9.187,13 euros y a don José María Herencias Horcajuelo deberá abonársele la cuantía de 7.870,32 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o graduado social o de su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o graduado social o de su representante dentro del plazo indicado.

Adviértase igualmente al recurrente que no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar al tiempo de anunciar el recurso la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander” a nombre de este Juzgado con el número 2708/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), indicando la persona o empresa que efectúa el ingreso, acreditando su depósito mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso. Asimismo, y en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta abierta en la misma entidad con el número 2708/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), la cantidad objeto de condena. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma doña Laura Alonso Martín, magistrada-juez de refuerzo en este Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moldo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.357/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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