Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141106-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 12

159
Procedimiento 1.363 de 2013

EDICTO

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 13 de octubre de 2014 en autos instruidos por este Juzgado de lo social, a instancias de don Daniel Martínez Ramiro, contra don Camilo González Pereira, “Panrico, Sociedad Anónima”, ministerio fiscal, don José Oliva Carvajal, doña María Isabel Gracia Ibáñez, don Fernando Rodríguez Bascón, don Javier Paesa Bona, don Carlos González Romero, don Hilario Serrano Díez y don Antonio Álvarez Redondo, en reclamación de modificación de condiciones de trabajo, seguido con el número 1.363 de 2013, se cita a con Carlos González Romero, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 20 de enero de 2015, a las nueve y treinta horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio, en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 13 de octubre de 2014.—El secretario judicial, Enric Labordeta de la Cal.

(03/32.514/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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