Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141107-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

138
Procedimiento ordinario 546 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 546 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Segura Moyano, don Jesús Manuel Domínguez Muñoz y don Miguel Ángel Gigante Priego, frente a don Francisco Javier Díez Hernández y “Montajes Electrónicos Redetec, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 444 de 2014

En Madrid, a 10 de octubre de 2014.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez en comisión de servicios en el Juzgado de lo social número 14 de esta ciudad, los presentes autos sobre reclamación de cantidad, seguidos con el número 546 de 2013, a instancias de don Miguel Ángel Gigante Priego, don Jesús Manuel Domínguez Muñoz y don Eduardo Segura Moyano, asistidos por la letrada señora Delgado Conejo, contra “Montajes Electrónicos Redetec, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido, habiéndose dado intervención a la administración concursal representada por don Francisco Javier Díez Hernández y asistida por la letrada señora González Pachón y al Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que desestimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad han interpuesto don Miguel Ángel Gigante Priego, don Jesús Manuel Domínguez Muñoz y don Eduardo Segura Moyano, contra “Montajes Electrónicos Redetec, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a esta de los pedimentos ejercitados en su contra, y todo ello con intervención de la administración concursal y del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes Electrónicos Redetec, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.601/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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