Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141113-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

187
Procedimiento ordinario 341 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 341 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva María Martínez Herrero, frente a don Ángel Caparrós González, don Honorio Caparrós Valenzuela, doña María Caparrós Parejo, doña Sara Caparrós Parejo, “Texmo, Comunidad de Bienes”, y “Zépelin 92, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado requerimiento de fecha 7 de mayo de 2014 siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Mercedes Llopis Lucas.—En Madrid, a 7 de mayo de 2014.

Visto el estado de los presentes autos y de la imposibilidad de notificación al letrado don Daniel Machado Enciso, designado por los demandados “Texmo, Comunidad de Bienes”, doña Sara Caparrós Parejo, doña María Caparrós Parejo, “Zépelin 92, Sociedad Limitada”, y don Ángel Caparrós González, el cual no consta colegiado en el ilustre Colegio de Abogados de Madrid, requiérase a los demandados para que en el plazo de cuatro días designen un nuevo letrado y nuevo domicilio a efectos de notificaciones, con el apercibimiento de tener por no impugnado el recurso interpuesto en estos autos y demás advertencias legales.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Zépelin 92, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.044/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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