Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
17-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141117-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

172
Ejecución 182 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 182 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Rodríguez Miguel, don Antonio Muñoz Ocaña, don Constantino Corrales Cáceres, don Daniel Arroyo Budia, don Fernando García Leal, don José Ángel Ocaña Sánchez, don Marcos Niño Benito y don Pedro Roberto Recio Herranz, frente a “AR Unimansur, Sociedad Limitada”, y “Uniclima, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el presente procedimiento en los derechos y acciones de los trabajadores don Marcos Niño Benito en la cuantía de 1.702,42 euros, don Fernando García Leal en la cuantía de 1.686,74 euros, don Ángel Rodríguez Miguel en la cuantía 1.703,56 euros, don Pedro Roberto Recio Herranz en la cuantía de 1.699,57 euros, don José Ángel Ocaña Sánchez en la cuantía de 1.645,96 euros, don Antonio Muñoz Ocaña en la cuantía de 1.706,84 euros, don Constantino Corrales Cáceres en la cuantía de 1.895,85 euros y don Daniel Arroyo Budia en la cuantía de 2.272.84 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Uniclima, Sociedad Anónima”, y “AR Unimansur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.402/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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