Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141118-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

150
Ejecución 153 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 153 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Lázaro Lázaro, frente a “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, “Aleaciones y Montajes, Sociedad Limitada”, y “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Por presentado el anterior escrito por doña María Elvira Marcos Palma, letrada de don José Lázaro Lázaro, únase a los autos de su razón. Se tiene por designado por la parte ejecutante como administrador judicial a don José Antonio Granados, economista. De conformidad con lo establecido en el artículo 256 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cítese a las partes y al citado administrador a comparecencia para el día 3 de diciembre de 2014, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, quinta planta, de Madrid, a fin de que se llegue a un acuerdo, y una vez alcanzado, en su caso, se establecerán mediante decreto los términos de la administración judicial en consonancia con el acuerdo.

Para el supuesto que no se alcance acuerdo, la secretaria les convocará a comparecencia ante el magistrado-juez que dictó la orden general de la ejecución a fin de que efectúen las alegaciones y pruebas que estimen oportunas sobre la necesidad o no de nombramiento de administrador o interventor, persona que deba desempeñar tal cargo, exigiendo o no fianza, forma de actuación, rendición de cuentas y retribuciones procedentes, resolviéndose mediante auto lo que proceda.

El administrador o, en su caso, el interventor nombrado deberá rendir cuenta al final de su gestión.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aleaciones y Montajes, Sociedad Limitada”, “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, y “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.240/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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