Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141119-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 3

73
Procedimiento 725 de 2010

EDICTO

Doña Mercedes Mateo Cabrejas, secretaria del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada

Hago saber: Que en el presente procedimiento de divorcio número 725 de 2010 seguido a instancias de doña Eva Patricia Ramírez Uscocovich, frente a don Marco Antonio Perales Dos Santos, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

En Coslada, a 28 de julio de 2014.—Demandante, doña Eva Patricia Ramírez Uscocovich, con procurador don José Antonio Martínez Martínez y abogada doña Yolanda Vela Alias, y demandado, don Marco Antonio Perales Dos Santos (en rebeldía), siendo objeto divorcio contencioso.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José Antonio Martínez Martínez, actuando en nombre y representación de doña Eva Patricia Ramírez Uscocovich, frente a don Marco Antonio Perales Dos Santos, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes a dicha declaración, acordando respecto de sus bienes la disolución del régimen económico matrimonial y sin hacer expresa imposición a ninguna de las partes de las costas generadas con ocasión del presente procedimiento.

No procede realizar especial declaración sobre las costas causadas en este procedimiento.

Los efectos de esta sentencia se producen desde la fecha de su dictado.

Firme que sea esta resolución expídase el oportuno despacho para anotación marginal de la misma en la inscripción del matrimonio de los litigantes en el correspondiente Registro Civil.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la presente resolución es apelable ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de su notificación con arreglo a lo previsto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de que dimana, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma doña Genoveva Alicia Corominas Megías, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Coslada y su partido.

Y encontrándose dicho demandado don Marco Antonio Perales Dos Santos en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, a 29 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.842/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141119-73