Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141128-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

153
Ejecución 51 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 51 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Fatiha Jamouli, frente a “Reconcela, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado el siguiente decreto de desistimiento:

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida a la ejecutante doña Fatiha Jamouli del proceso de ejecución de la ampliación frente a don Antonio Martínez Castaño y doña María Teresa Bautista Torres, siguiendo la ejecución frente a “Reconcela, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Y decreto de insolvencia:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 3.606,99 euros, más 721,40 euros de intereses legales y costas provisionales, sin perjuicio de su ulterior liquidación, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Reconcela, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución:

Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Hágase entrega a la parte ejecutante, enviando por correo certificado con acuse de recibo, los testimonios necesarios para el inicio del correspondiente expediente administrativo ante el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Reconcela, Sociedad Limitada”, don Antonio Martínez Castaño y doña María Teresa Bautista Torres, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.930/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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