Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2014

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141129-7

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

7
Procedimiento 424 de 2011

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario 424 de 2011 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que, estimando íntegramente el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario número 424 de 2011 interpuesto por “Vodafone España, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Cesáreo Hidalgo Senen, contra la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Arroyomolinos reguladora de la tasa por aprovechamiento del dominio público local a favor de la empresa explotadora de servicio de suministros de interés general publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 18 de julio de 2012, anulamos la disposición administrativa impugnada. Sin costas.

Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el plazo de diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Superior, que se deberá preparar ante esta Sala en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección número 2612 (“Banesto”), expedificando en el campo concepto “Recurso” 24 Contencioso-Casación (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).

Y para su publicación, expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.267/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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