Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
03-12-2014

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141203-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

105
Juicio de faltas 672 de 2014

EDICTO

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 672 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 24 de octubre de 2014.—Vistos por mí, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 672 de 2014, sobre contra el orden público, en virtud de denuncia, en los que han sido partes: el ministerio fiscal en representación de la acción pública; como denunciantes, agentes de la Policía Nacional con carnés profesionales números 100.102 y 100.591, y como denunciado, don Asin Osok, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución, y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia:

Que debo condenar y condeno a don Asin Osok, como autor responsable de una falta contra el orden público, a la pena de multa de veinte días, con cuota diaria de 3 euros (60 euros), y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.

Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, bien de forma voluntaria, bien por vía de apremio.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, con relación a los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Asin Osok, expido la presente en Madrid, a 3 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.876/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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