Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
03-12-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141203-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Resolución director general de Control de la Edificación

Desconociéndose la propiedad del inmueble después de todas las indagaciones posibles por parte de esta Unidad Jurídica 3 del Departamento de Gestión, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de orden de ejecución de obras número 711/2014/6400 de 11 de noviembre de 2014, debiendo iniciar la propiedad en un plazo de seis meses las obras ordenadas en dicha Resolución, teniendo un plazo de dos meses para ejecutarla, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 81, 82 y 83 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.

Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, que contra la misma de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y de reposición en el plazo de un mes ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, significando no obstante que el contenido de la notificación de la resolución podrá ser consultada por el interesado en el plazo de treinta días desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Conservación y Edificación Deficiente.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación sufrirá todos los efectos legales el día siguiente al vencimiento del mismo.

Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 19 de noviembre de 2014.—El jefe del Departamento de Gestión, Juan Carlos Rodríguez Álvarez.

(01/4.018/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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