Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
15-12-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141215-72

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

Secretaría General Técnica

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Notificación procedimiento de responsabilidad disciplinaria

EDICTO NÚMERO 6/2014. DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DISCIPLINARIA

Resolución de 17 de noviembre de 2014, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de la resolución dictada en procedimiento de responsabilidad disciplinaria al interesado que se expresa a continuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifica:

Actos: resoluciones de 23 de septiembre y de 22 de octubre de 2014, adoptadas por el director general de Seguridad y director general de la Policía Municipal, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1.c) del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 17 de enero de 2013, de organización, estructura del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, que se indican seguidamente:

Resolución de 23 de septiembre de 2014:

Primero.—Incoar expediente de responsabilidad disciplinaria al policía municipal don M. F. B., con DNI número 11.760.722, por la posible comisión de una falta grave prevista en el artículo 8, apartado y), de la Ley Orgánica 4/2010, por haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso, por resultar probado y condenado por la comisión de un delito de falsedad en documento privado en concurso medial con un delito intentado de estafa.

Segundo.—Nombrar instructora del expediente disciplinario a doña M. L. E. C., adjunta al Departamento de Gestión Disciplinaria.

Resolución de 22 de octubre de 2014:

Primero.—Suspender, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la tramitación del expediente de responsabilidad disciplinaria incoado el 23 de septiembre de 2014.



De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Departamento de Gestión Disciplinaria del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (calle Albarracín, número 31, segunda planta, 28037 Madrid), en el horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

Contra la primera resolución, el inculpado podrá recusar al instructor, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la LRJPAC, a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la segunda resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

I. Recurso potestativo de reposición ante el director general de Seguridad del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la LRJPAC).

II. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la LRJPAC).

Madrid, a 17 de noviembre de 2014.—El secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, Jesús Enrique Guereta López de Lizaga.

(02/7.586/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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