Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
15-12-2014

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141215-39

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2014, de la Directora-Gerente de la Agencia Antidroga de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, referencia 47/518744.9/14, por la que se declara desierto el procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de servicios denominado “Servicio de prevención de consumo de drogas en ocio y tiempo libre”.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Mediante Resolución de 29 de agosto de 2014, de la Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, se acordó el inicio y se ordenó la tramitación, por el procedimiento urgente, del expediente de contratación de servicios denominado “Servicio de prevención de consumo de drogas en ocio y tiempo libre”.

Segundo

Una vez seguidos los trámites legalmente establecidos, mediante Resolución de 19 de septiembre de 2014, se aprobaron los pliegos que habrían de regir la adjudicación y ejecución del contrato, el gasto, así como el expediente de contratación, y se acordaba la apertura del procedimiento abierto.

Tercero

Con fecha 25 de septiembre de 2014 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 228, y en el Perfil de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid la Resolución de 22 de septiembre de 2014 de la Directora-Gerente, por la que se hizo pública la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto del contrato de servicios de referencia.

Cuarto

Una vez finalizado el plazo de recepción de ofertas, conforme certificado de fecha 3 de octubre de 2014 del Registro de la Agencia Antidroga, han presentado oferta los siguientes licitadores:

1. “Deporte y Vida. Asociación de Deportistas”.

2. “Prosem Consultoría Estratégica, Sociedad Limitada”.

Quinto

Una vez examinada por la Mesa de Contratación la documentación administrativa presentada por los licitadores, transcurrido el plazo de subsanación, y después de valorados los criterios de selección que determinan la solvencia económica, financiera y técnica de los mismos, fijados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por el que se rige el procedimiento de licitación, el resultado fue el siguiente:

— Proposiciones excluidas: “Prosem Consultoría Estratégica, Sociedad Limitada”.

Motivo de la exclusión: El objeto social de la mercantil difiere del objeto del contrato. Según consta en los Estatutos de la Sociedad, dentro de los fines de la empresa no se encuentran la planificación y desarrollo de actividades de prevención en materia de drogodependencias.

— Proposiciones admitidas: Deporte y Vida. Asociación de Deportistas.

Sexto

Celebrado el día 15 de octubre de 2014 el acto público de apertura de proposiciones económicas del licitador admitido en el procedimiento, la Mesa de Contratación formuló propuesta de adjudicación del contrato de servicios a la entidad “Deporte y Vida. Asociación de Deportistas”.

Motivación de la adjudicación: Ser el licitador que, en su conjunto, ha obtenido la mayor puntuación en los criterios objetivos de adjudicación incluidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliegos de Prescripciones Técnicas que rigen este contrato, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma.

Séptimo

Con fecha de 15 de octubre de 2014, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles presente la documentación justificativa del artículo 151.2 del TRLCSP y, entre ella, acredite, conforme al artículo 64.2 del TRLCSP, la disposición efectiva de los medios fijados en el apartado 5.2 de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares mediante la presentación de los respectivos contratos laborales, así como de la documentación acreditativa (original o copia compulsada) de la titulación, experiencia y formación exigidas al personal afecto a la ejecución del servicio y el “curriculum vitae” detallado en la que conste la experiencia descrita.

Octavo

Con fecha 17 de octubre de 2014 (número registro entrada 47/366147.9/14), se recibe esta documentación comprobando por el órgano de contratación el incumplimiento de la disposición efectiva de los medios personales, al no aportar la totalidad de contratos laborales de los monitores exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Noveno

Con fecha 29 de octubre de 2014 (número registro entrada 47/427045.9/14), se recibe escrito de “Deporte y Vida. Asociación de Deportistas”, en el que se comunica que renuncia a la adjudicación del contrato.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

No habiéndose acreditado adecuadamente este requisito de solvencia de adscripción de los medios personales del contrato, de acuerdo con el artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al tratarse del licitador inicialmente propuesto como adjudicatario y no existir más ofertas o proposiciones admisibles de acuerdo con los criterios establecidos en el Pliego, puede declarase desierta la adjudicación al cumplirse las condiciones previstas en el artículo 151.3 del TRLCSP.

Por todo lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de abril de 2008 y por las disposiciones vigentes, y en virtud de lo establecido en el artículo 151.3 del TRLCSP,

RESUELVO

1. Declarar desierto el procedimiento abierto convocado para la adjudicación del contrato de servicios denominado “Servicio de prevención de consumo de drogas en ocio y tiempo libre” ante la ausencia de licitadores que reúnan los requisitos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Perfil de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 13.4, 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), en la redacción efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” número 12, de 14 de enero de 1999); y artículos 8 a 12 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” número 167, de 14 de julio).

Madrid, a 4 de noviembre de 2014.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid (firmado).

(03/36.703/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID

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