Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141217-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

124
Procedimiento 1.591 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 1.591 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto número 890

En Alcalá de Henares, a 10 de noviembre de 2014.

Antecedentes de hecho:

Primero.—El día 10 de noviembre de 2011, el procurador don Ignacio Argos Linares, en representación de don Carlos Luis Marino Alfonsín, presentó solicitud de reconocimiento y ejecución de la resolución de Alcaldía número 196/2010-ALC/MM, de disolución del vínculo matrimonial, de fecha 16 de marzo de 2010, de la municipalidad de Miraflores, provincia de Lima, del país de Perú; suplicando que se dicte resolución otorgando exequátur, y se libren oficios al Registro del Consulado General de España en Lima y al Registro Civil Central del Ministerio de Justicia para la inscripción de la resolución administrativa de divorcio...

Parte dispositiva:

Estimando la solicitud formulada por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre de don Carlos Luis Marino Alfonsín, a la que no se ha opuesto doña Verónica Mariella Torres Beltrán, se acuerda reconocer efectos en España a la resolución de Alcaldía número 196/2010-ALC/MM, de disolución del vínculo matrimonial, de fecha 16 de marzo de 2010, de la municipalidad de Miraflores, provincia de Lima (Perú), cuya copia auténtica consta en autos.

Una vez firme esta resolución, comuníquese la misma al Registro del Consulado General de España en Lima y al Registro Civil Central para su inscripción, librándose los oficios correspondientes, haciendo constar en cada caso que también se ha remitido oficio al otro registro.

Notifíquese esta resolución a don Carlos Luis Marino Alfonsín a través de su representación procesal y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que según lo previsto en el artículo 956 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 y los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en los veinte días siguientes a su notificción, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo acuerda, manda y firma don Javier Sotillo Buzarra, magistrado-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial de Madrid, con destino de refuerzo en este Juzgado.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Verónica Mariella Torres Beltrán, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcalá de Henares, a 10 de noviembre de 2014.—El secretario (firmado).

(02/7.334/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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