Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
18-12-2014

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141218-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

95
Procedimiento ordinario 524 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 524 de 2012 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 553 de 2014

En Madrid, a 27 de octubre de 2014.—Vistos y oídos por don Teodoro Ladrón Roda, magistrado-juez de refuerzo en comisión de servicios en el Juzgado de lo mercantil número 6 de esta localidad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el número 524 de 2012, a instancias de “Grecia Cultura y Vacaciones, Sociedad Limitada”, ostentando su representación el procurador don Carlos Gómez-Villaboa Mandri y su defensa técnica el letrado don Fernando Martínez Luis, contra don Juan Jesús Delgado Dueñas y don Kassume Hayssam Sudki, en situación de rebeldía procesal en los presentes autos, sobre acción de responsabilidad de los administradores sociales.

Fallo

Estimar totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de “Grecia Cultura y Vacaciones, Sociedad Limitada”, contra don Juan Jesús Delgado Dueñas y don Kassume Hayssam Sudki y condenar solidariamente a don Juan Jesús Delgado Dueñas y a don Kassume Hayssam Sudki a pagar a “Grecia Cultura y Vacaciones, Sociedad Limitada”, la cantidad de 6.543,08 euros más intereses de demora, conforme al artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, debiendo satisfacer a la actora las costas causadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Madrid. Al notificarse la resolución a las partes se indicará la necesidad de constitución de depósito para recurrir, así como la forma de efectuarlo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Kassume Hayssam Sudki, con NIF 05423676-T, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 4 de noviembre de 2014.—El secretario (firmado).

(02/7.543/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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