Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2014

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141229-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

OTROS ANUNCIOS

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Notificación ITE

Habiéndose intentado por dos veces la notificación a los interesados por medio de correo certificado y/o por entrega a domicilio, al amparo de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se ordena la publicación de los obligados a pasar la ITE, conforme al padrón aprobado mediante decreto 80-U/2014, de 9 de abril, de la Concejalía-Delegada de Urbanismo de este Ayuntamiento, surtiendo la misma todos los efectos de la notificación personal a los propietarios:



“La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece en los artículos 168 y 169, la obligación del propietario de los edificios y construcciones, de acreditar la seguridad constructiva de los mismos y su estado de conservación a través de inspecciones técnicas periódicas que han de determinar el estado de las edificaciones (condiciones de estabilidad, estanqueidad, consolidación estructural, etcétera).

En cumplimiento de dicha Ley, este Ayuntamiento con fecha 29 de mayo de 2013, aprobó la ordenanza número 28, reguladora de la inspección técnica de edificios (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio de 2013) y que entró en vigor el pasado 9 de julio; debiendo efectuarse la preceptiva inspección técnica de edificios (ITE) siempre que el edifico en cuestión, como es el caso, corresponda a la ordenanza de manzana cerrada (MC) con una antigüedad igual o superior a treinta años, tomando como referencia la entrada en vigor de la presente ordenanza.

Mediante decreto 80-U/2014, de 9 de abril, esta Concejalía ha aprobado la relación de edificios obligados a efectuar la ITE en el año 2014.

Por ello y como propietario del inmueble citado en el encabezamiento, se le informa de que deberá presentar el informe de Inspección Técnica de Edificio actualizado y firmado por técnico competente en el plazo máximo de un año, a partir del vencimiento del período ­correspondiente, conforme al artículo 5 de la citada ordenanza, en su caso, antes del 30 de diciembre de 2015”.

Fuente el Saz de Jarama, a 25 de noviembre de 2014.—El concejal-delegado de Urbanismo (DA 1190/2012, de 28 de diciembre de 2012), Juan Manuel Descalzo Andrés.

(02/7.829/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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