Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141229-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

123
Procedimiento verbal 152 de 2014

EDICTO

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 152 de 2014 se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Herederos de doña Mercedes Gutiérrez Escudero, Comunidad de Bienes”, contra “Café Caffa Coktail, Sociedad Limitada”, don Julio Fernández Garcimartín y don Francisco Javier Manzanal Martín, debo:

1. Declarar resuelto el contrato de arrendamiento suscrito el día 19 de octubre de 2001 y renovado en fecha 1 de enero de 2006, y en consecuencia, haber lugar al desahucio de los demandados, condenándoles a desalojar el local sito en la calle General Pardiñas, número 26, semisótano A, de Madrid, que deben dejar vacuo y expedito y a disposición de la demandante.

2. Condenar a los codemandados “Café Caffa Coktail, Sociedad Limitada”, don Julio Fernández Garcimartín y don Francisco Javier Manzanal Martín a abonar de forma solidaria la cantidad de 5.045,15 euros por las rentas y cantidades asimiladas devengadas hasta la interposición de la demanda en enero de 2014.

Se condena, asimismo, al pago de las rentas y cantidades asimiladas devengadas con posterioridad a la demanda y hasta el momento del lanzamiento o entrega de la posesión del inmueble a razón de 1.009,03 euros al mes.

Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial, debiendo los demandados acreditar tener satisfechas las rentas vencidas y las que deban pagar adelantadas conforme al contrato, o haberlas consignado judicial o notarialmente para poder apelar.

Para el supuesto de formularse recurso de apelación por cualquiera de los litigantes, deberán constituir el correspondiente depósito en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado por el importe de 50 euros.

En el caso de no formularse recurso para la presente resolución en el plazo legal, se mantiene la fecha de lanzamiento fijada para el día 12 de mayo de 2014, a las nueve y treinta horas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/7.845/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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