Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141229-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

132
Juicio de faltas 338 de 2014

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 338 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 18 de septiembre de 2014.—El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 338 de 2014, sobre la presente falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, y como implicados: el centro comercial “Alcampo”, como denunciante, y don José Soto Bielsa y don Raúl Moya Araque, como denunciados, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente:

Que debo condenar y condeno a don José Soto Bielsa y don Raúl Moya Araque, como autores responsables de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujetos en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas; a que indemnicen al centro comercial “Alcampo” en la suma de 15 euros, y al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

El escrito de formalización del recurso de apelación habrá de presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas de infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará domicilio para notificaciones.

Asimismo, se pone en conocimiento de don José Soto Bielsa que en el caso de no interponer recurso contra la sentencia deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a don José Soto Bielsa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 10 de noviembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/37.339/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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