Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141230-44

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Usera

44
Resolución definitiva subvenciones fomento del asociacionismo

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hace pública la resolución definitiva, aprobada mediante decreto del concejal-presidente del Distrito de Usera de 10 de diciembre de 2014, de la convocatoria pública de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Usera para la anualidad 2014.

Las subvenciones concedidas se imputan al crédito recogido en la partida presupuestaria 2014-001-212-924.01-489.01 “Participación ciudadana. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del presupuesto general del Ayuntamiento de Madrid para 2014.

Subvenciones concedidas:

— Entidad: AMPA Colegio “Nuestra Señora de Montserrat”.

CIF: G78758430.

Proyecto: Curso 2014.

Subvención concedida: 2.000,00 euros.

— Entidad: AMPA CEIP “Meseta de Orcasitas”.

CIF: G79862629.

Proyecto: Educación, cultura y deportes 2014.

Subvención concedida: 5.000,00 euros.

— Entidad: Asociación de Mujeres Gitanas Españolas “Romi Serseni”.

CIF: G79962759.

Proyecto: Actívate y participa.

Subvención concedida: 4.960,00 euros.

— Entidad: Asociación Juvenil Deportivo Cultural “La Mancha”.

CIF: G80287808.

Proyecto: El deporte es vida.

Subvención concedida: 5.000,00 euros.

— Entidad: A.V. Cornisa.

CIF: G78956158.

Proyecto: Encuentros vecinales: participación comunitaria.

Subvención concedida: 4.984,94 euros.

— Entidad: Asociación ICEAS.

CIF: G28734143.

Proyecto: Encomún.

Subvención concedida: 3.730,51 euros.

— Entidad: AMPA CEIP “Pradolongo”.

CIF: G79062568.

Proyecto: Actividades educativas, deportivas y culturales.

Subvención concedida: 2.851,50 euros.

— Entidad: AMPA Colegio “Nuestra Señora de Fátima”.

CIF: G78661147.

Proyecto: Fátima 2014.

Subvención concedida: 1.365,00 euros.

— Entidad: A.V. Barriada de San Fermín.

CIF: G79111845.

Proyecto: Biblioteca vecinal San Fermín 2014.

Subvención concedida: 3.000,00 euros.

— Entidad: AMPA CEIP “Ciudad de Jaén”.

CIF: G79783825.

Proyecto: Fomento participación familias mediante formación y cultura.

Subvención concedida: 5.000,00 euros.

Solicitudes desestimadas:

— Entidad: Asociación Cultural Bolivia sin Fronteras.

CIF: G84889682.

Proyecto: Compartiendo la cultura de Bolivia.

Motivo desestimación: incumplimiento obligación tributaria.

— Entidad: Asociación Deportiva y Cultural Sanfer.

CIF: G81735839.

Proyecto: Educación, cultura y deportes 2014.

Motivo desestimación y normativa de referencia: incumplimiento de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

— Entidad: Asociación Colectivo Alucinos-La Salle.

CIF: G80305055.

Proyecto: Alquiler de sede.

Motivo desestimación: incumplimiento obligación tributaria y obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

— Entidad: AMPA CEIP “Juan Sebastián Elcano”.

CIF: G80134927.

Proyecto: Los primeros del Cole.

Motivo desestimación: supera importe establecido para el proyecto.

— Entidad: AMPA Colegio “San Viator”.

CIF: G78753464.

Proyecto: Programa integral de apoyo y colaboración 2014.

Motivo desestimación: supera importes establecidos para el proyecto y solicitud.

— Entidad: AMPA IES “Pedro Salinas”.

CIF: G78753464.

Proyecto: Programa de refuerzo de inglés oral.

Motivo desestimación: no estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y no estar declarada de Utilidad Pública Municipal.

— Entidad: AMPA Escuela Infantil “Zofío”.

CIF: G79074068.

Proyecto: Actividades complementarias para niños de la escuela.

Motivo desestimación: no haber aceptado la subvención.

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente.

2. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). El recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado (artículos 8.1 y 14.1.2.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 11 de diciembre de 2014.—El gerente del Distrito de Usera, Fernando de la Jara Ayala.

(03/38.237/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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