Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2014

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141231-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Modificación ordenanza fiscal

Se hace público, a efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LHL), el acuerdo de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles que fue adoptado provisionalmente por la Corporación Municipal en Pleno en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2014. Publicado el anuncio en el tablón de edictos de este Ayuntamiento a partir su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 262/2014, de 4 de noviembre, y periódico “La Razón” de 6 de noviembre de 2014. Dicho acuerdo ha resultado definitivo al no haberse presentado alegación/reclamación alguna durante el plazo de exposición pública.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la LHL, contra el presente acuerdo los interesados legítimos podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazos que establece la Ley 29/1998, Reguladora de dicha Jurisdicción.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Texto que se modifica: artículo 8, “Tipos de gravamen y cuotas”, modifica el punto 3, quedando de la siguiente forma:

“Artículo 8.o Tipos de gravamen y cuotas.

[…]

3. El tipo de gravamen aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,48”.

San Agustín del Guadalix, a 15 de diciembre de 2014.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/38.284/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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