Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2014

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141231-54

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 21

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Entrada en domicilio 539 de 2013

EDICTO

Doña María Teresa Casado Lendínez, secretaria judicial del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 21 de Madrid.

Doy fe: Que en el autorización entrada en domicilio número 539 de 2013, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Acuerdo: admitir a trámite la solicitud de autorización de entrada en el domicilio situado en calle Antonio López, número 46, escalera 3, bajo D, de Rivas-Vaciamadrid, formulada por el letrado de la Comunidad de Madrid, teniéndole por personado como parte demandante.

Dese traslado del escrito presentado a doña Séfora Hernández Montoya, a fin de que en un plazo no superior a cinco días a contar desde la notificación de la presente alegue por escrito lo que a su derecho convenga.

Fórmense los oportunos autos con el mencionado escrito y documentos que acompaña. Háganse las anotaciones correspondientes en los libros-registro de esta Secretaría.

Con independencia de lo anterior, se requiere a la parte demandante para que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente, ponga en conocimiento de este Juzgado si existe algún recurso contencioso-administrativo en los Juzgados unipersonales de lo contencioso o ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con la cuestión controvertida.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación.

Lo que se anuncia para que sirva de notificación a doña Séfora Hernández Montoya, expido el presente, edicto que firmo en Madrid, a 30 mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.277/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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